¿Cuántas veces puede declararse en quiebra?

A menudo nos preguntan lo que a primera vista parece una pregunta relativamente simple: ¿cuántas veces puede declararse en quiebra? No existe una regla estricta que limite la cantidad de veces que una persona puede solicitar protección por bancarrota. Sin embargo, existen limitaciones y consideraciones prácticas que limitan efectivamente la cantidad de veces que una persona puede beneficiarse de la quiebra del consumidor.

Si bien los conceptos básicos son sencillos, las determinaciones más complejas entran en juego si ha tenido un caso de quiebra anterior despedido. Proporcionaremos una descripción general de las limitaciones generales a continuación, pero hablar con un abogado de bancarrotas local sobre su situación específica es siempre la mejor manera de determinar sus opciones y evitar las muchas complicaciones potenciales del código de bancarrota.

Si bien las limitaciones relacionadas con el tiempo en casos de bancarrota segundos o sucesivos generalmente se discuten en términos de tiempo entre presentaciones, este período de espera en realidad no le impide presentar un caso de bancarrota adicional. La limitación legal en realidad se refiere a la disponibilidad de una descarga en el segundo caso de quiebra o en los siguientes. Por lo tanto, cuando escuche taquigrafía como «no puede volver a presentar una declaración durante ocho años», generalmente no es técnicamente cierto.

Sin embargo, los beneficios de la quiebra son significativamente limitados si el deudor no es elegible para una Descarga por bancarrota. Esto es especialmente cierto con los casos de bancarrota del Capítulo 7, ya que la descarga es el propósito principal de un caso de bancarrota del Capítulo 7. Por lo tanto, generalmente no tendría sentido presentar un segundo caso del Capítulo 7 antes de que expirara el período de espera. , una presentación realizada con el conocimiento de que una descarga no estaba disponible, por ejemplo, con el único propósito de retrasar una acción de cobranza inminente, podría considerarse abusiva.

Debido a que la descarga no es el beneficio principal en un Capítulo 13 caso de quiebra, el análisis es un poco diferente. Un caso del Capítulo 13 en el que la condonación de la deuda restante no garantizada no es una opción aún puede ser beneficioso, ya que el deudor aún puede aprovechar el plan de pago de tres a cinco años para distribuir pago vencido y reduzca la acumulación de recargos por mora y otros cargos. Además, un capítulo 13 de «no descarga» puede detener una ejecución hipotecaria o una recuperación.

Período de espera para casos posteriores del Capítulo 7

El período de espera entre las bajas del Capítulo 7 es más largo que el período de espera entre los casos del Capítulo 13 que involucran la exoneración o entre un caso del Capítulo 7 y un caso del Capítulo 13. La razón principal de la diferencia es que el Capítulo 7 se utiliza para eliminar deudas no garantizadas a través de un proceso bastante rápido y fácil, mientras que los deudores del Capítulo 13 generalmente pagar una parte significativa de sus deudas pendientes a través del plan.

El Código de Quiebras de EE. UU. impide otorgar una condonación en un caso de bancarrota del Capítulo 7 si el deudor ha recibido previamente una condonación en cualquiera de los siguientes casos:

  • Un caso anterior del Capítulo 7 que se presentó dentro de los ocho años anteriores a la presentación del caso actual, o
  • A caso anterior del Capítulo 13 que se presentó dentro de los seis años anteriores a la presentación del caso actual

En otras palabras, si bien es el alta anterior lo que crea el período de bloqueo, el tiempo se cuenta desde el comienzo del caso anterior, no desde la fecha del alta.

Aunque esta limitación no afectan a la mayoría de los consumidores deudores, el período de ocho años aplicado a los casos anteriores del Capítulo 7 también se aplica cuando el consumidor ha recibido previamente una condonación en un caso de reorganización del Capítulo 11.

Período de espera para los casos posteriores del Capítulo 13

El período de espera para los deudores del Capítulo 13 que desean recibir una condonación en el segundo caso o en el siguiente es más corto. Un tribunal de quiebras no puede otorgar una condonación en un caso del Capítulo 13 si el deudor:

  • Recibió una condonación en un caso de bancarrota del Capítulo 7 o Capítulo 11 presentado dentro de el período de cuatro años anterior a la presentación del caso actual, o
  • Recibió una descarga en un caso del Capítulo 13 presentado dentro de los dos años antes de la presentación del caso actual

Tenga en cuenta que el período de bloqueo relacionado con un caso anterior del Capítulo 13 rara vez entra en juego, ya que un caso exitoso del Capítulo 13 suele tardar de tres a cinco años en completarse. Por lo general, no hay tiempo suficiente para presentar un caso del Capítulo 13, recibir un alta y luego volver a presentarlo en dos años. Algunas excepciones serían cuando el deudor recibió una condonación por dificultades económicas o pagó el caso anterior antes de tiempo.

Un deudor que no es elegible para una condonación basada en estas limitaciones aún puede usar el proceso de bancarrota del Capítulo 13 para Divida la deuda morosa en pagos manejables a través de un plan de tres a cinco años.

Otras limitaciones creadas por solicitudes de quiebra anteriores

Las limitaciones descritas anteriormente, las que se mencionan con más frecuencia en relación con preguntas como «¿Cuánto tiempo tengo que esperar para volver a declararme en quiebra?» –Aplicar cuando el caso anterior fue exitoso y terminó con la aprobación de la gestión. Sin embargo, los casos de quiebra fallidos anteriores también pueden afectar la disponibilidad de la descarga. Además, las presentaciones anteriores afectan la aplicación de la suspensión automática, que es una herramienta fundamental para muchos solicitantes de quiebra.

Según la Sección 109 (g) del Código, una persona no puede presentar un nuevo caso de quiebra si en los últimos 180 días:

  • Ha sido deudor en un caso que fue desestimado por el tribunal porque el deudor deliberadamente no cumplió con una orden judicial,
  • Ha sido deudor en un caso que fue desestimado por el tribunal porque él o ella no compareció ante el tribunal, o
  • Ha sido un debto r en un caso que se desestime voluntariamente después de que un acreedor solicitara un alivio de la suspensión

Otra limitación al poder de las presentaciones de quiebra posteriores es que un deudor que haya despedido o haya tenido un Capítulo 7, 11 o 13 casos desestimados dentro del año anterior solo se les concede una suspensión automática de 30 días. Si dos o más casos han sido desestimados dentro del período de un año, la suspensión automática no entra en vigencia en absoluto.

La conclusión es que los períodos de espera para presentar un caso de quiebra posterior, teniendo un la estadía automática ingresada y ser elegible para una descarga son mucho más complejas de lo que implica «tiene que esperar ocho años». Una consulta gratuita con un abogado de bancarrotas local puede ayudarlo a desenredar sus opciones y cualquier limitación o pérdida de beneficios que pueda enfrentar al presentar la solicitud un caso de quiebra posterior.

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